Decreto537-1980·1980

Aprobación de tarifas de la Dirección de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Servicios de remolques nauticos

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15 de octubre de 1980

Fecha de publicación

29 de octubre de 1980

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase en la suma de N$ 1.065,00 (nuevos pesos un mil sesenta y cinco) por hora, la tarifa para los servicios de remolques náuticos que cumple la Dirección de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, computándose el tiempo a partir de la hora en que, luego de convenido el servicio entre la oficina de la zona y el interesado, el barco se encuentre a la orden y hasta que el mismo regrese a su apostadero.

Artículo 2Artículo 2

Déjase sin efecto el decreto 636/979, de 7 de noviembre de 1979.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección de Hidrografía para su conocimiento y demás efectos; cumplido, vuelva para su archivo.-

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