Decreto548-1984·1984

Ampliación del PLAN de inversiones públicas del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Ejercicio 1984

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

6 de diciembre de 1984

Fecha de publicación

3 de enero de 1985

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Amplíase el Plan de Inversiones Públicas 1984 aprobado por el decreto 84/984 del 1º de marzo de 1984 y modificativos, en N$ 4.218:495.000 (nuevos pesos cuatro mil doscientos dieciocho millones cuatrocientos noventa y cinco mil) para los Incisos 02 "Presidencia de la República", 03 "Ministerio de Defensa Nacional", 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas" 11 "Ministerio de Educación y Cultura", 12 "Ministerio de Salud Pública", 26 "Universidad de la República" y 91 "Intendencia Municipal de Rivera" con la apertura programática y según proyectos que se detallan en el Anexo<IMAGE SRC="http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg" BORDER=0> que forma parte de este decreto.(*)

Artículo 2Artículo 2

Las partidas asignadas financiadas con Rentas Generales, fondo de Inversión del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y endeudamiento externo se encuentran dentro del tope establecido por las leyes 15.521 y 15.681 de fecha 5 de enero y 22 de noviembre de 1984.

Artículo 3Artículo 3

Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera están estimadas a la cotización de N$ 40.00 (nuevos pesos cuarenta) por dólar americano y se ajustarán automáticamente al tipo de cambio vendedor al momento de la ejecución. Las partidas en moneda nacional están expresadas a precios corrientes 1984.

Artículo 4Artículo 4

Autorízase a los jerarcas que corresponda de los Incisos 02 "Presidencia de la República", 03 "Ministerio de Defensa Nacional", 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas" 11 "Ministerio de Educación y Cultura", 12 "Ministerio de Salud Pública" y 26 "Universidad de la República", a comprometer, solo por el ejercicio 1984 a partir de la fecha de promulgación de la ley 15.681, créditos presupuestales por un monto total de hasta N$ 4.9148:254.000 (nuevos pesos cuatro mil novecientos cuarenta y ocho millones doscientos cincuenta y cuatro mil) con la distribución que se dispone a continuación, aún cuando los proyectos a que se destinen no sean ejecutados en el corriente año. Miles de N$ -Presidencia de la República 151.500 -Ministerio de Transporte y Obras Públicas 2:409.888 -Ministerio de Defensa Nacional 725.704 -Ministerio de Salud Pública 1:360.000 -Ministerio de Educación y Cultura 1.000 -Universidad de la República 300.162 TOTAL 4.948.254

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, publíquese, etc

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