Artículo 1 — Artículo 1
Exceptúase a las Unidades Ejecutoras de Inciso 10 "Ministerio de Transporte y Obras Públicas", del régimen establecido por los artículos 1º y 5º de la ley 14.867, de 24 de enero de 1979, en lo que respecta a la titularidad y disponibilidad de la Cuenta Inversiones del Ministerio de Obras Públicas.