Decreto576-1984·1984

Se derogan normas sobre compatibilidad e incompatibilidad entre jubilación por servicios docentes y ejercicio de actividad remunerada de la misma naturaleza

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20 de diciembre de 1984

Fecha de publicación

11 de enero de 1985

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Derógase el decreto 12/984, de 11 de enero de 1984, transitoriamente suspendido por el decreto 76/984, de 20 de febrero de 1984.

Artículo 2Artículo 2

Declárase compatible la percepción de la asignación de jubilación, generada por servicios docentes o no docentes, con el ejercicio de cargos docentes remunerados en Institutos de Enseñanza Oficiales Habilitados, cualquiera sea el órgano que sirva la prestación.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese, etc

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