DecretoNº 599-1966·1966
Oficinas públicas. Constancia censal. Suspensión de exigencia
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
7 de diciembre de 1966
Fecha de publicación
16 de diciembre de 1966
Texto
Suspéndese hasta la fecha que se determina la obligación de las reparticiones públicas Administración Central, Entes Autónomos, Servicios Descentralizados e Instituciones Bancarias, de exigir la constancia que acredite el cumplimiento de la obligación censal, de acuerdo a lo dispuesto por la reglamentación del artículo 3 de la Ley Nº 13.349.
Normas sobre el mismo tema
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