Decreto599-1966·1966

Oficinas públicas. Constancia censal. Suspensión de exigencia

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de diciembre de 1966

Fecha de publicación

16 de diciembre de 1966

Texto

Suspéndese hasta la fecha que se determina la obligación de las reparticiones públicas Administración Central, Entes Autónomos, Servicios Descentralizados e Instituciones Bancarias, de exigir la constancia que acredite el cumplimiento de la obligación censal, de acuerdo a lo dispuesto por la reglamentación del artículo 3 de la Ley Nº 13.349.

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