Decreto636-1976·1976

Aprobación de la fusión de las cajas número 18 de transporte a la 34 y la 31 de Metalúrgica a la 23 respectivamente

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30 de setiembre de 1976

Fecha de publicación

5 de octubre de 1976

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Dispónese la fusión de la Caja Nº 31 (Metalúrgica, Madera, etc.) a la Caja Nº 34 (Gastronomía, Química, Tabacos, etc.).

Artículo 2Artículo 2

Dispónese la fusión de la Caja Nº 18 (Transporte) a la Caja Nº 23 (Profesiones Liberales, Servicios, etc.) la que a partir de la fecha del presente decreto se denominará Caja de Asignaciones Familiares de Servicios.

Artículo 3Artículo 3

La Comisión Interventora del Consejo Central de Asignaciones Familiares adoptará las medidas tendientes a las fusiones dispuestas, teniendo presente: a) Que las fusiones se realicen sin mengua para el servicio; b) Que el personal de las Cajas comprendido en el presente decreto mantenga su categoría, remuneración y derechos actuales, procurando adecuar y armonizar estos con las funciones relativas a los nuevos agrupamientos.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.

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