Decreto636-1979·1979

Aprobación de tarifas de la Dirección de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas. Servicios de remolques nauticos

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de noviembre de 1979

Fecha de publicación

28 de diciembre de 1979

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase en la suma de N$ 683.00 (nuevos pesos seiscientos ochenta y tres) por hora, la tarifa para los servicios de remolques náuticos que cumple la Dirección de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, computándose el tiempo a partir de la fecha en que, luego de convenido el servicio entre la oficina de la zona y el interesado, el barco se encuentre a la orden y hasta que el mismo regrese a su apostadero.

Artículo 2Artículo 2

Déjase sin efecto el decreto 347/978, de 22 de junio de 1978.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección de Hidrografía para su conocimiento y demás efectos; cumplido, vuelva para su archivo.-

Normas sobre el mismo tema