Artículo 1 — Artículo 1
Declárase el día 27 de marzo de cada año, como "Día de la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas".
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
23 de diciembre de 1981
Fecha de publicación
1 de febrero de 1982
Artículo 1 — Artículo 1
Declárase el día 27 de marzo de cada año, como "Día de la Dirección Nacional de Transporte del Ministerio de Transporte y Obras Públicas".
Artículo 2 — Artículo 2
La declaración a que se refiere el presente decreto es sin perjuicio del funcionamiento normal del servicio.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, publíquese, etc.