Decreto674-1976·1976

Aprobación de la estructura administrativa y presupuestal de la Dirección Nacional de Transporte

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

13 de octubre de 1976

Fecha de publicación

25 de octubre de 1976

Artículos (6)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase la reestructura presupuestal y racionalización administrativa de los servicios de la Unidad Ejecutora "Dirección Nacional de Transporte" (Programa 09) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (Inciso 10).

Artículo 2Artículo 2

Los cargos presupuestados de la referida Unidad Ejecutora pasarán a ser los siguientes: Nº de Cargos Denominación Escalafón Grado 1 Director Nacional.......................... Ab E (C) 1 Subdirector Nacional....................... Ab E 5 2 Directores Generales....................... Ab E 3 3 Directores de Departamento................. Ab 12 4 Jefe de Sección............................ Ab 11 4 Jefe de Sector............................. Ab 10 8 Administrativo II.......................... Ab 8 11 Administrativo III......................... Ab 7 18 Administrativo IV.......................... Ab 6 12 Administrativo V........................... Ab 5 1 Director División Especializado............ Ac E 1 1 Director de Departamento Especializado..... Ac 12 2 Jefe de Sección Especializado.............. Ac 11 2 Jefe de Sector Especializado............... Ac 10 3 Ayudante Técnico I......................... Ac 9 2 Ayudante Técnico II........................ Ac 8 3 Ayudante Técnico IV........................ Ac 6 1 Intendente................................. Ad E 1 2 Subintendente.............................. Ad 7 3 Auxiliar de Servicio I..................... Ad 6 3 Auxiliar de Servicio II.................... Ad 5 6 Auxiliar de Servicio III................... Ad 4 1 Asesor Técnico Jefe (Ingeniero)............ AaA E 2 1 Asesor Abogado Jefe........................ AaA E 2 1 Asesor Abogado I........................... AaA E 1 1 Asesor Técnico II (Ingeniero).............. AaA 6 1 Director de Costos/Tarifas (Contador)...... AaA 6 1 Asesor Técnico IV (Arquitecto)............. AaA 4 1 Asesor Abogado IV.......................... AaA 4

Artículo 3Artículo 3

La aplicación de lo dispuesto precedentemente no puede significar disminución de las remuneraciones presupuestales que por todo concepto perciben actualmente los funcionarios de la mencionada Unidad Ejecutora.

Artículo 4Artículo 4

La presente restructura tendrá vigencia al día inmediato siguiente a la aprobación expresa o tácita por el Consejo de Estado, debiendo efectuarse las promociones y regularizaciones a que diera lugar dentro de los treinta días siguientes a su vigencia.

Artículo 5Artículo 5

Dese cuenta al Consejo de Estado.

Artículo 6Artículo 6

Comuníquese, etc.

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