DecretoNº 635-1967·1967
Actividad privada. Empleados privados. Consejo de Salarios
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
21 de setiembre de 1967
Fecha de publicación
26 de setiembre de 1967
Texto
Desglósase del artículo 1° del Decreto de fecha 26 de julio de 1962, la Clase II Grupo 5, las profesiones que se indican, institúyese un Consejo de Salarios para esas actividades y se convoca para la elección de delegados.
Normas sobre el mismo tema
- Decreto 293-2023Rectificación del NRAL. XII del art. 2 del decreto 105/023, relativo al valor del viático. Consejo de Salarios Grupo 13 "transporte y almacenamiento", Sub grupo 05 "transporte terrestre de pasajeros, taxis y servicios de apoyo", capítulo 1 "choferes de taxis de Montevideo"
- Ley 20145Modificación de la ley 18.566 sobre negociación colectiva
- Decreto 142-2022Determinación de distribución de trabajadores no médicos de la institucion CASA de galicia, de acuerdo a los acuerdos logrados en el Consejo de Salarios N° 15 "servicios de Salud y anexos" "Salud general"
- Decreto 141-2022Determinación de distribución de trabajadores médicos de la institucion CASA de galicia, de acuerdo a los acuerdos logrados en el Consejo de Salarios Grupo N° 15 "servicios de Salud y anexos" "Salud general"
- Decreto 163-2021Incorporación como beneficiarios del subsidio establecido en el decreto 379/020, los guias turisticos señalados como tales en el listado proporcionado por el sindicato unico de trabajadores del Turismo
- Ley 19959Modificación de los requisitos para acceder al subsidio por enfermedad de los trabajadores zafrales de la cosecha de caña de azúcar en Bella union y Belén. Año 2021